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OMC - Examen de las Políticas Comerciales: Uruguay 2012 PDF Imprimir Correo
Viernes, 27 de Abril de 2012 13:09

El cuarto examen de las políticas y prácticas comerciales de Uruguay (abril de 2012) se basa en sendos informes de la Secretaría de la OMC y el Gobierno de Uruguay.

 

Antecedentes

 

En los Exámenes de las Políticas Comerciales, ejercicio prescrito en los Acuerdos de la OMC, se examinan y evalúan a intervalos regulares las políticas comerciales y relacionadas con el comercio de los países Miembros. También se siguen de cerca los acontecimientos importantes que puedan tener consecuencias en el sistema mundial de comercio. Todos los Miembros de la OMC están sujetos al examen y la frecuencia con que éste se realiza depende del tamaño del país.

 

Resumen de Informe de la Secretaría

 

1.       El régimen de comercio e inversión del Uruguay es abierto con pocas restricciones en frontera y un uso limitado de medidas no arancelarias.  La principal estrategia de comercio del Uruguay es seguir liberalizando el comercio y la inversión, tanto a nivel multilateral como regional.  Al ser una economía pequeña y abierta, el Uruguay requiere mercados libres de restricciones y distorsiones al comercio, especialmente en el sector agrícola, el cual genera la mayor parte de sus exportaciones.  En el área de la inversión, el Uruguay está buscando activamente mejorar su entorno de negocios para continuar atrayendo inversión extranjera directa y así apoyar el crecimiento económico, el empleo y fomentar la transferencia de tecnología.

 

2.       El Uruguay es miembro del MERCOSUR y como tal aplica su Arancel Externo Común (AEC), con algunas excepciones que están por lo general gravadas a tasas inferiores al AEC.  Habiendo adoptado medidas para agilizar e informatizar los trámites aduaneros y facilitar el comercio internacional, el Uruguay se beneficiaría de la consolidación de este proceso, por ejemplo, reduciendo los diversos requisitos de registro y eliminando la tasa consular a las importaciones.  Un logro importante obtenido durante el período objeto de examen, es la implementación de una reforma tributaria, que simplificó la estructura impositiva y redujo el número de tributos;  sin embargo, el componente impositivo, tanto para los productos importados como para los nacionales, que enfrenta el consumidor continúa siendo elevado.

 

Entorno económico

 

3.       La economía del Uruguay experimentó un crecimiento robusto durante la mayor parte del periodo objeto de examen (2005-11).  El PIB real creció a una tasa promedio anual del 6,2 por ciento entre 2005 y 2010 y se estima que lo haga a un 5-6 por ciento en 2011.  Como resultado del fuerte crecimiento, el PIB per cápita se duplicó alcanzando los 11.996 dólares EE.UU. en 2010, a la vez que se observó una marcada reducción de la tasa de incidencia de la pobreza y del desempleo.  El comercio exterior del Uruguay (intercambios de mercancías y servicios) se expandió aceleradamente durante el periodo examinado, duplicando su valor en dólares.  Por el lado de las exportaciones, el país se benefició de un entorno externo favorable, caracterizado por altos precios internacionales de las materias primas agrícolas y un crecimiento vigoroso en los países de la región.

 

4.       Desde su último examen en 2006, el Uruguay ha logrado avances importantes en materia de consolidación fiscal, así como una significativa reducción y restructuración de la deuda pública.  En 2007 el Uruguay emprendió una amplia reforma tributaria que se tradujo en la simplificación y racionalización del sistema impositivo y en mejoras en la eficiencia de la administración de los impuestos.

 

5.       El Uruguay mantiene un régimen de política monetaria que tiene como objetivo final la estabilidad de los precios.  Desde junio de 2011, el objetivo de inflación está dentro de una franja de entre el 4 y el 6 por ciento anual.  El aumento de los precios internacionales de los alimentos y los productos energéticos ha hecho difícil mantener estos niveles;  si bien la inflación se desaceleró en 2009, comenzó a incrementarse nuevamente en 2010 y 2011, registrándose un aumento del Índice de Precios al Consumidor del 7,9 por ciento anual en octubre de 2011.  Los niveles de déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos han permanecido moderados durante la mayor parte del período objeto de examen (entre 0,4 y 2 por ciento del PIB), con la excepción de 2009, cuando el déficit llegó al 5,5 por ciento del PIB por efectos de un fuerte aumento de las importaciones.  La relación proporcional entre la deuda externa pública y el PIB disminuyó considerablemente durante el período examinado, desde casi un 69 por ciento en 2005 a un 45 por ciento en 2010, reflejando el acelerado crecimiento del PIB y la apreciación del peso.

 

6.       El Uruguay es un importante exportador mundial de alimentos y materias primas agrícolas (principalmente carne y soja), que contribuyen con un 75 por ciento de las exportaciones de mercancías, en tanto que las importaciones consisten esencialmente en bienes de capital y manufacturas.  Los principales socios comerciales del Uruguay son los países del MERCOSUR que representan un tercio del comercio exterior uruguayo;  otros socios importantes son la Unión Europea, los Estados Unidos y Rusia, por el lado de las exportaciones, y China, por el lado de las importaciones.  Durante el periodo 2005-11, el sólido desempeño de la economía uruguaya, la estabilidad macroeconómica y un marco jurídico favorable han contribuido al fuerte crecimiento de los flujos de inversión extranjera hacia el Uruguay.

 

Régimen comercial y de inversiones

 

7.       El Uruguay es Miembro fundador de la OMC y un participante activo en el sistema multilateral de comercio.  En ocasión de las negociaciones del Programa de Doha para el Desarrollo, el Uruguay ha formulado numerosas propuestas individualmente o con otros Miembros.  Como país eminentemente agrícola, el Uruguay ha sugerido que la agricultura sea integrada plenamente en las normas del comercio multilateral eliminando los apoyos internos y los subsidios a la exportación.  Desde su último examen en 2006, el Uruguay no ha utilizado el mecanismo de solución de diferencias de la OMC ni ha participado en nuevas diferencias como demandado o tercera parte.

 

8.       El régimen comercial del Uruguay es abierto, con pocas trabas no arancelarias al comercio.  Al ser una economía pequeña y abierta, el Uruguay considera que el objetivo prioritario de sus políticas económicas y comerciales es continuar profundizando la apertura al mundo a través de la integración regional, de conformidad con las normas multilaterales de comercio.  El Uruguay ha expresado reiteradamente su firme interés en el fortalecimiento del sistema multilateral.  El Uruguay considera que el crecimiento y desarrollo de un país pequeño está inexorablemente vinculado con la expansión, diversificación y modernización de su sector externo.

 

9.       El régimen comercial del Uruguay está determinado, en gran medida, por su participación en el MERCOSUR.  A través de su participación en el MERCOSUR, el Uruguay ha concluido acuerdos comerciales preferenciales con el Estado Plurinacional de Bolivia, con Chile, con la Comunidad Andina (Colombia, Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela), y con el Perú, los cuales son miembros asociados del Mercado Común. El Uruguay mantiene varios acuerdos preferenciales bilaterales con otros países miembros de la ALADI.  Desde 2006 han entrado en vigor un acuerdo de alcance parcial entre el MERCOSUR y la India y un tratado de libre comercio con Israel.  Asimismo, se han firmado acuerdos entre el MERCOSUR y Egipto, por un lado, y la Unión Aduanera del África Meridional (SACU), por otro, pero aún no han entrado en vigor.

 

10.     El Uruguay mantiene un régimen de inversión en general abierto a la inversión privada, incluyendo la extranjera.  La Ley de Inversiones garantiza la igualdad de trato a las inversiones extranjeras y las nacionales.  Sólo se aplican restricciones a la inversión privada en los sectores considerados como de interés público nacional tales como las telecomunicaciones fijas, el agua y el saneamiento, y en áreas específicas en seguros y transporte.  No se requiere autorización previa para realizar una inversión, incluida la inversión extranjera.  Las empresas extranjeras pueden actuar por medio de una filial, una sucursal o una oficina de representación permanente, y pueden llegar a detentar el 100 por ciento del capital accionario.  No existen restricciones para el ingreso ni para la salida de capitales, transferencia de utilidades, dividendos, o intereses.  La inversión extranjera se beneficia de los mismos incentivos concedidos a los inversionistas locales.  El Uruguay es miembro de diversos mecanismos internacionales de arbitraje para la solución de diferencias relacionadas con las inversiones.

 

Políticas comerciales, por medidas

 

11.     Desde su último examen en 2006, el Uruguay ha seguido adoptando medidas para agilizar e informatizar los trámites aduaneros y facilitar el comercio internacional, realizando un progreso considerable en este sentido.  El Uruguay se beneficiaría de la consolidación de este proceso, ya que cabe mejorar ciertos aspectos de los procedimientos aduaneros, tales como una mayor profundización del sistema de análisis de riesgo, y la reducción y unificación de los diversos requisitos de registro.  De la misma manera, la obligatoriedad de utilizar los servicios de un agente de aduanas para la realización de los diferentes trámites de importación podría resultar en un incremento de los costos vinculados con la importación.  Un paso adicional para facilitar el comercio lo constituiría la eliminación de la tasa consular a las importaciones, que el Uruguay continúa aplicando a un nivel del 2 por ciento del valor c.i.f. de la importación.   Durante el período objeto de examen, el Uruguay eliminó algunas cargas que afectaban a las importaciones, como la comisión del 2,5 por ciento del valor c.i.f. cobrada por el BROU, y la Contribución para el Financiamiento de la Seguridad Social (COFIS), la cual recaía tanto sobre las importaciones como sobre los productos industrializados nacionales.

 

12.     El Uruguay aplica el AEC del MERCOSUR con excepciones, las cuales representan alrededor del 13,5 por ciento de las posiciones arancelarias.  Todos los aranceles son ad valorem.  Los niveles arancelarios se han mantenido, en general, relativamente estables durante el período objeto de examen, con un promedio aritmético de los aranceles NMF del 9,4 por ciento en 2011, ligeramente superior al 9,3 por ciento de 2005.  Esto fue el resultado, en gran parte, del cambio de nomenclatura arancelario que incrementó el número de líneas, aunque también se produjo un incremento en el arancel promedio de algunos productos como los lácteos, el calzado y el material de transporte.  El promedio del arancel aplicado NMF fue del 9,6 por ciento para los productos agrícolas (definición de la OMC) y del 9,3 por ciento para los productos no agrícolas.  Entre los grupos de productos con promedios arancelarios mayores a la media en 2011 caben destacar el calzado, los textiles y las confecciones, y las preparaciones alimenticias.  El Uruguay ha consolidado su universo arancelario en la OMC, a tasas de entre el 6 y el 55 por ciento, en un total de 23 tramos.  El arancel consolidado medio es del 30,7 por ciento.  Por lo general, los aranceles aplicados son considerablemente inferiores a las consolidaciones, con la excepción de 35 líneas para las que el arancel aplicado era, en 2011, igual al consolidado.

 

13.     A fines de 2011, el Uruguay otorgaba preferencias arancelarias a las importaciones originarias de la Argentina, el Brasil y el Paraguay en el marco del MERCOSUR, y del Estado Plurinacional de Bolivia, Chile, Colombia, Cuba, el Ecuador, México, el Perú y la República Bolivariana de Venezuela con arreglo a diversos Acuerdos de Complementación Económica (ACE).  Para los bienes provenientes de dichos países y no comprendidos en esos acuerdos rige el mecanismo general de preferencias de alcance regional (PAR) de la ALADI.  El Uruguay otorga además preferencias a los países con los cuales el MERCOSUR ha suscrito acuerdos de libre comercio, tales como Egipto e Israel.  El MERCOSUR suscribió también un Acuerdo de Preferencias Fijas con la India.  El arancel preferencial aplicado varía según el socio comercial y va desde un promedio cercano a cero para el Estado Plurinacional de Bolivia y Chile, hasta un 9,3 por ciento (apenas por debajo del promedio NMF) para la India.

 

14.     Durante el período objeto de examen se realizó una importante reforma tributaria, que simplificó la estructura impositiva y redujo el número de tributos.  Esto llevó a la eliminación de ciertos cargos sobre las importaciones, y a modificaciones al Impuesto Específico Interno (IMESI).  Sin embargo, los derechos pagados por concepto del IMESI pueden ser elevados e incrementan los costos de importación.  Los bienes que están sujetos a tasas del IMESI más elevadas son las bebidas alcohólicas, el tabaco y los productos derivados del petróleo.  El Uruguay aplica un impuesto sobre el valor agregado a tasas del 22 por ciento (general), o del 10 por ciento.  Añadido al IMESI y, para las importaciones, al arancel, esto puede resultar encareciendo apreciablemente algunos productos para el consumidor.

 

15.     El Uruguay no ha hecho un uso activo de las medidas de contingencia entre 2006 y 2011.  No se inició ninguna investigación sobre medidas compensatorias ni sobre salvaguardias.  Aunque en 2010 se inició una investigación sobre antidumping, a diciembre de 2011 no se habían aplicado medidas.  El Uruguay no ha mantenido medidas antidumping desde 2006, desde que los derechos antidumping, impuestos por tres años, a la importación de aceite comestible refinado puro de origen vegetal procedente de la Argentina completaron el plazo de aplicación.  En 2010, el Uruguay introdujo disposiciones para evitar las prácticas elusivas de las medidas anti dumping, creando un mecanismo por el que pueden aplicarse medidas antielusión con posterioridad a la fijación de una medida antidumping como resultado de la determinación de una investigación solicitada a pedido de parte interesada o realizada ex oficio por las autoridades.

 

16.     Se requieren licencias de importación no automáticas para la importación de algunos productos como vehículos automotores, azúcar y ácido acético.  Diversos productos requieren autorización previa de una entidad gubernamental por razones sanitarias o fitosanitarias, de seguridad o de protección del medio ambiente.  En general, se requieren certificados sanitarios y fitosanitarios según el nivel de riesgo, expedidos por el país de origen, para animales, vegetales, y para productos de origen animal y vegetal.  A diciembre de 2011, el Uruguay había presentado sólo seis notificaciones sobre proyectos de reglamentos técnicos a la OMC y una notificación sobre una medida ya adoptada.  Los reglamentos técnicos siguen en general directrices regionales o internacionales y se aplican de igual modo a los productos nacionales y a los importados.  También a diciembre de 2011, el Uruguay había realizado un total de 16 notificaciones al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC, 7 de éstas se efectuaron desde el último examen de sus políticas comerciales en 2006.

 

17.     El Uruguay concede incentivos fiscales a las exportaciones bajo diferentes regímenes, como la devolución de impuestos indirectos, el régimen automotor y las zonas francas.  La devolución de impuestos indirectos a las exportaciones requiere que el producto exportado contenga un mínimo del 20 por ciento de insumos domésticos.  Los reembolsos pueden variar entre el 2 y el 4 por ciento del valor f.o.b. del producto exportado, según la carga de impuestos indirectos de los insumos nacionales incorporados en el producto.  El Uruguay notificó a la OMC su régimen de promoción de exportaciones de la industria automotriz como medida que contiene subvenciones, y solicitó una extensión del período de transición para la concesión de subvenciones a la exportación de conformidad con el Artículo 27.4 del Acuerdo SMC.  El Uruguay solicitó y obtuvo la prórroga de este período de transición, concedida hasta el 31 de diciembre de 2009, hasta el final de 2013, con un período final de eliminación gradual de dos años, que finalizará no más tarde del 31 de diciembre de 2015.

 

18.     El Uruguay mantiene un régimen de zonas francas desde 1987, por el cual las empresas que operan en las mismas gozan de exención de todos los tributos nacionales, salvo las contribuciones a la seguridad social.  Se permite desarrollar cualquier tipo de actividad, comercial, industrial o de servicios, en las zonas francas.  Los usuarios de las zonas francas pueden importar bienes, servicios y materias primas sin derechos de importación ni impuestos, con independencia de su origen.  Los bienes producidos en zonas francas pueden ser vendidos en el territorio aduanero del Uruguay sin restricción, previo pago de todos los derechos de aduana e impuestos.

 

19.     Los impuestos a las exportaciones están prohibidos por ley, con la excepción de aquellos aplicables a las exportaciones de ciertos cueros, las cuales están sujetas a un impuesto a la exportación del 5 por ciento.  Las exportaciones de arroz y sus derivados estuvieron sujetas a una retención del 5 por ciento sobre su valor f.o.b. entre febrero de 2004 y julio de 2008.  Las exportaciones de carne bovina, ovina, suina, equina, de aves y de animales de caza menor están sujetas a un impuesto del 1 por ciento de su valor f.o.b. con el objeto de financiar el Fondo de Inspección Sanitaria (FIS).  Este aporte se aplica también a la venta en el mercado interno de carne vacuna y ovina para el consumo y de carne bovina y suina destinada a la industria.  Las exportaciones de ciertos otros productos agropecuarios están sujetas a impuestos o gravámenes, tasas que se perciben para financiar ciertos organismos agropecuarios.

 

20.     Un logro importante desde el último examen en 2006 ha sido la adopción de la Ley de Libertad de Comercio y Preservación de la Libre Competencia (Ley No 18.159) en julio de 2007 y su reglamento (Decreto No 404/007).  La Ley No 18.159, que entró en vigor en agosto de 2007, regula las fusiones y adquisiciones, prohíbe las prácticas anti competitivas y el abuso de posición dominante, crea una nueva autoridad de competencia, establece procedimientos para la investigación de prácticas anticompetitivas, incrementa las sanciones y mejora la transparencia.  Asimismo, se creó la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, que opera desde 2009 y tiene funciones normativas, investigativas, sancionatorias y de control previo de concentraciones económicas.

 

21.     La Ley de Protección y Promoción de Inversiones No 16.906 del 7 de enero de 1998, reglamentada por el Decreto No 455/07 de 26 de noviembre de 2007, establece el marco general de incentivos y promoción de la inversión en el Uruguay, a través principalmente de franquicias fiscales.  Durante el periodo examinado se modificó la reglamentación de las inversiones y amplió los incentivos otorgados a las empresas, estableciendo un nuevo régimen de incentivos a la inversión.  La legislación uruguaya contempla la posibilidad de otorgar incentivos a actividades que, entre otras cosas, faciliten el aumento y la diversificación de las exportaciones o fomenten la utilización de mano de obra e insumos locales.

 

22.     El Estado uruguayo continúa manteniendo una participación importante en la economía uruguaya, particularmente en el sector de los servicios.  Las empresas propiedad del Estado operan en sectores clave como la energía eléctrica, los combustibles, el agua potable y el saneamiento.  Asimismo, participan en las telecomunicaciones, el transporte aéreo y ferroviario, los puertos marítimos y los servicios financieros.  Algunas empresas estatales realizan actividades consideradas como servicios públicos, otras operan en régimen de monopolio legal o mantienen una posición dominante en el mercado respectivo.  El Uruguay notificó a la OMC que la única empresa comercial del Estado existente es la ANCAP, la cual tiene el monopolio sobre la importación y refinación de petróleo crudo y derivados del petróleo, excepto lubricantes y asfalto, y sobre la importación y exportación de combustibles.

 

23.     El Uruguay no es signatario del Acuerdo Plurilateral sobre Contratación Pública de la OMC.  El régimen de adquisiciones y contrataciones públicas se rige esencialmente por el Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).  Es un régimen principalmente descentralizado, aunque la reglamentación general se aplica a todos los organismos compradores del Estado que se rigen por el derecho público, con algunas salvedades específicas.  Desde hace varios años las compras de alimentos y medicamentos se efectúan de manera centralizada.  Durante la última década, el Uruguay ha adoptado medidas para incrementar la eficiencia y la transparencia de los procedimientos de compras estatales y reforzar la institucionalidad del sistema.  Al mismo tiempo, el Uruguay ha recurrido al sistema de contratación pública como herramienta de promoción de la industria nacional, mediante la concesión de márgenes de preferencia.  En 2008, se redujo el margen de preferencia del 10 por ciento al 8 por ciento, aunque se incrementó su alcance, al decidirse aplicarlo sobre el precio y no sólo sobre el componente nacional como se hacía antes;  se disminuyó además el porcentaje de integración nacional requerido para que un producto sea considerado nacional, del 40 al 35 por ciento.  En 2010, se introdujeron preferencias específicas en las contrataciones públicas para las micro, pequeñas y medianas empresas.

 

24.     Desde su último examen en 2006, el Uruguay no ha introducido mayores modificaciones a su legislación en materia de patentes y marcas de fábrica, o derechos de autor, ya que la mayoría de esos cambios fueron introducidos previamente al año 2000.  Sin embargo, se introdujeron ciertas modificaciones legales con respecto a la protección de variedades vegetales.  Se permiten las importaciones paralelas de productos patentados, pero no de aquéllas protegidas por derechos de autor.

 

Políticas comerciales, por sectores

 

25.     La contribución de la actividad agropecuaria (incluida la silvicultura) al PIB bajó del 11,3 por ciento en 2004 al 8,2 por ciento en 2010.  La agricultura y el sector agroindustrial representaron alrededor del 13 por ciento del PIB en el mismo año.  A pesar de esta reducción en su peso relativo, el sector agropecuario sigue siendo fundamental al emplear, incluyendo la pesca, al 11,5 por ciento de la población activa, y es una fuente importante de generación de divisas.  Los principales productos agropecuarios son:  el ganado bovino;  las semillas oleaginosas (soja);  la leche;  los productos de la silvicultura;  y los cereales, principalmente trigo y arroz.  La protección arancelaria para productos agrícolas es levemente superior a la de los productos no agropecuarios, con un promedio del 9,6 por ciento en 2010.  Algunos rubros, principalmente productos agroindustriales tales como los preparados de alimentos, las bebidas y el tabaco gozan de una protección arancelaria mayor.  La estrategia agropecuaria del Uruguay para el período 2011-15 apunta a potenciar la competitividad agropecuaria y agroindustrial logrando un desarrollo sostenible desde el punto de vista de la integración social y la preservación del medio ambiente.  Se busca crear "nichos" de mercado de alto valor, diferenciándolos de los mercados tradicionales de productos básicos.

 

26.     El sector manufacturero representa un 13 por ciento del PIB en 2010;  las principales industrias que lo componen son: alimentos, bebidas y tabaco;  industrias químicas;  textiles, vestimenta y cuero;  papel e imprentas;  y productos metálicos, maquinaria y equipo.  La política del sector manufacturero está encaminada a lograr el aumento del valor agregado nacional en una producción industrial sostenible, y a la mejora continua de la eficiencia de los sistemas productivos y de la calidad de los productos.

 

27.     El sector de los servicios es el más importante de la economía, representando el 58 por ciento del PIB y el 67 por ciento del empleo.  La participación privada en los servicios ha crecido considerablemente, sin embargo las empresas estatales siguen teniendo un papel importante en ciertas áreas.  El mercado de las telecomunicaciones experimentó un notable dinamismo en el período examinado, con lo que el Uruguay ha alcanzado niveles de teledensidad y penetración de Internet entre los más altos de América Latina.  El Estado mantiene el monopolio de jure en la telefonía fija en el territorio nacional a través de una empresa pública, mientras que existen varios prestadores de servicios de telefonía de larga distancia internacional y de transmisión de datos.  La telefonía móvil está abierta a la competencia.  Los operadores pueden fijar las tarifas de los servicios, salvo aquellas de las comunicaciones nacionales de telefonía fija que requieren aprobación del Poder Ejecutivo.

 

28.     El sector financiero se fortaleció durante el periodo examinado, alcanzando niveles adecuados de capitalización y liquidez, lo que le permitió sortear la reciente crisis financiera global sin mayores consecuencias.  El sector ha sido objeto de continuas reformas, que incluyen cambios en la gestión de los bancos públicos y la restructuración de uno de ellos, la modificación de la estructura del banco central, así como avances en la regulación y supervisión prudencial del sistema bancario.  En 2008 fue derogada la disposición que limitaba el número de autorizaciones para el funcionamiento de nuevos bancos.  Existe una fuerte presencia de inversión extranjera en el sector bancario, si bien un banco estatal detenta el 40 por ciento de los activos del sector.

 

29.     Desde 2006 los servicios aéreos internos pueden ser prestados por empresas extranjeras, siempre que exista reciprocidad.  La explotación de toda actividad comercial aérea requiere de concesión o autorización.  No se aplican restricciones a la participación privada nacional o extranjera en la provisión de servicios auxiliares como los de mantenimiento y reparación de aeronaves, los que pueden contratarse en el extranjero.  La propiedad de los aeropuertos está en manos del Estado pero la ley permite que su administración se entregue en concesión.  En el sector del transporte marítimo, la navegación y el comercio de cabotaje están reservados a los buques de bandera uruguaya, aunque se permite aplicar preferencias basadas en el principio de reciprocidad.  A mediados de 2011, el Uruguay sólo aplicaba preferencias de carga al tráfico bilateral de pasajeros con la Argentina y al tráfico de carga con el Brasil.  Los servicios portuarios son proporcionados por operadores privados bajo concesiones otorgadas por el Estado, que es el propietario de los puertos.

 

30.     El desarrollo del turismo recibe un tratamiento prioritario como lo evidencia el Plan Nacional de Turismo Sostenible 2009-20 y la política de apoyos al sector.  Además de los incentivos previstos por la Ley de Promoción Industrial y la Ley de Inversiones, el sector goza de beneficios tributarios específicos.  Los operadores extranjeros reciben trato nacional en el otorgamiento de incentivos.

 

Fuente: OMC

 

Informes completos en: http://www.wto.org/spanish/tratop_s/tpr_s/tp363_s.htm